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Cómo compartir un décimo de Lotería de Navidad de forma segura
Lleida.net Lleida.net 6 Noviembre, 2026

Cómo compartir un décimo de Lotería de Navidad de forma segura

Un décimo, doce compañeros de oficina, una promesa de ‘si toca, nos vamos todos a Maldivas’ y ni una sola firma. Así empieza para muchos, cada diciembre, la ilusión por el Gordo de Navidad.

Compartir un décimo del Gordo es una tradición tan española como las uvas: lo pasamos de mano en mano entre risas, familiares, cenas de empresa y casi nadie se detiene a pensar en lo que ocurriría si, por una vez, el bombo nos sonríe. Entonces seguramente llegarían las preguntas: ¿Quién guarda el décimo?, ¿Cómo se cobra un premio compartido?

El sorteo se celebra el 22 de diciembre. Todavía hay tiempo de hacer las cosas bien, así que te explicamos cómo compartir tu décimo con seguridad porque si, más allá de la probabilidad (que es poca) y los impuestos (que son muchos), la suerte te sonríe, lo único en lo tengas que preocuparte es en decidir en qué isla amarrar el yate.

Por qué hay que dejar constancia al compartir un décimo de lotería

Un décimo de lotería es un documento al portador: lo cobra quien lo presente. Y lo normal es que no toque y no pase nada (la probabilidad de llevarse el Gordo con un décimo es de una entre 100.000). Pero si toca, surgen los líos de reparto: quién estaba dentro, cuánto aportó cada uno, si alguien se apuntó a última hora o quién tiene el décimo en la mano.  

Sin una prueba con fecha anterior al sorteo, resolverlo puede acabar en un juzgado.

La buena noticia es que evitarlo es sencillo.

Cómo compartir un décimo de lotería paso a paso

Dejar tu décimo a salvo de conflictos y malentendidos es más fácil que acertar el Gordo. Solo necesitas un móvil, cinco minutos y seguir estos cinco pasos.

  1. Haz la foto del décimo. Tiene que verse bien el número, la serie y la fracción.
  2. Apunta el reparto. Anota el nombre de cada participante, lo que aporta y el porcentaje del décimo que le corresponde.
  3. Envía un correo electrónico certificado a todos los participantes. Funciona como un burofax por correo electrónico. Se envía desde tu cuenta de correo habitual. Adjunta la foto del décimo, escribe el reparto en el cuerpo del mensaje e indica la fecha del sorteo. Además, añade tu nombre y DNI.
  4. Guarda el certificado de evidencias. Lleida.net te entrega un PDF que acredita quién envió el mensaje, a quién, con qué contenido y adjuntos, y en qué día y hora exactos. Es tu seguro de vida (o de décimo).
  5. Custodia el original. Guárdalo en un lugar seguro hasta el sorteo y, si toca, hasta el cobro.

Los destinatarios del correo no van a tener que instalar nada ni hacer ningún trámite, recibirán el correo como cualquier otro, informándoles de que es certificado.

¿Sirve un WhatsApp o una foto como prueba?

Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), enviar una foto del décimo por WhatsApp puede ser una prueba, siempre y cuando aparezcan los datos del depositario, los participantes y la participación de cada uno. El problema llega si alguien impugna la prueba alegando que se ha manipulado; entonces habría que demostrarlo y eso no es tarea fácil.  

Un correo electrónico certificado a todos los participantes, con la foto del décimo y la lista de aportaciones, resuelve el problema antes de que exista. Y protege tanto a quien organiza como a quien participa.

Certificado de evidencias de Lleida.net para compartir un décimo de lotería de forma segura

Participaciones de lotería o décimo compartido: diferencias

No son lo mismo, y conviene no confundirlas.

Las participaciones son papeletas que emiten asociaciones, clubes, peñas o empresas a partir de décimos que han comprado. Cada participación indica un número, el importe jugado y el depositario de los décimos, que es quien responde del pago.

Un décimo compartido, en cambio, es un acuerdo informal entre particulares. No hay papeleta, la única prueba es la que el organizador decida generar. Por eso, dejar constancia por escrito y con valor probatorio es todavía más importante.

Antes del 22 de diciembre, deja tu décimo compartido por escrito.

Compartir lotería forma parte de la Navidad. Dejar constancia del reparto lleva cinco minutos y cuesta muy poco. Déjalo todo bien atado y, si el 22 de diciembre suena vuestro número, lo único que tendréis que discutir es quién elige la isla.

¡Mucha suerte!

Grupo de amigos abrazándose tras compartir un décimo de lotería y dejar el reparto certificado
Firma electrónica por RCS: firma y notifica con validez legal desde el móvil
Eulàlia Ramon Señís Eulàlia Ramon Señís 6 Noviembre, 2026

Firma electrónica por RCS: firma y notifica con validez legal desde el móvil

La firma electrónica evoluciona para ofrecer procesos de contratación más ágiles, accesibles y seguros. Click & Sign y OPENUM incorporan la firma electrónica por RCS, un canal que permite a las empresas enviar solicitudes de firma y notificaciones certificadas directamente a la aplicación de mensajes del móvil del destinatario, con remitente verificado y las garantías jurídicas asociadas a cada servicio.

RCS llega a la firma electrónica

RCS (Rich Communication Services) es una tecnología que permite crear comunicaciones empresariales de forma más visual e interactiva, con remitente verificado (respaldado por un proceso de validación de Google), imagen de marca y botones personalizables. Se envían a través de Wi-Fi o datos móviles, sin costes adicionales y sin necesidad de instalar una aplicación de mensajería adicional cuando el dispositivo es compatible; los mensajes llegan directamente a la bandeja de entrada nativa de SMS habitual.

Su incorporación a Click & Sign y Openum responde a una necesidad concreta: reforzar la confianza en las comunicaciones mediante la verificación del remitente. Además, permite que las personas destinatarias reciban los mensajes directamente en la aplicación de mensajería de su móvil, ofreciendo una experiencia más directa y adaptada a sus trámites digitales. Los mensajes RCS en Click & Sign y Openum pueden ser básicos o certificados.

Con la incorporación de la firma electrónica RCS, Lleida.net reafirma su compromiso con la evolución constante de sus servicios y la mejora continua de la experiencia de sus clientes.

Si quieres conocer en detalle esta tecnología, descubre qué es RCS y cómo funciona.

Cómo funciona la firma electrónica RCS con Click & Sign

Click & Sign es la plataforma de Lleida.net para gestionar procesos de firma electrónica, ya sea simple, avanzada o cualificada. Con la incorporación del RCS, las empresas disponen de un nuevo canal para hacer llegar las solicitudes de firma a sus destinatarios, que se suma a los ya disponibles: SMS, correo electrónico y WhatsApp.

El proceso de firma electrónica por RSC en el móvil funciona de la siguiente forma:

  1. Se envía el documento. La empresa inicia el proceso de firma a través de Click & Sign y selecciona el canal RCS para hacer llegar la solicitud al destinatario. El proceso se puede iniciar de forma manual desde la plataforma o de forma automatizada utilizando la API.
  2. El firmante recibe el mensaje RSC. La solicitud llega mediante un mensaje RCS que muestra la identidad de marca verificada del remitente.
  3. Accede al documento. El destinatario pulsa el botón o enlace incluido en el mensaje para acceder al documento y revisar su contenido.
  4. Firma el documento. El firmante completa el proceso mediante el método de firma configurado, de acuerdo con los requisitos de identificación y autenticación seleccionados.
  5. Obtiene la copia firmada. Una vez completado el proceso, puede acceder a la documentación firmada y descargar el certificado de evidencias.
SMS de firma electrónica RCS

Este procedimiento permite firmar cualquier contrato o acuerdo online desde el móvil, sin depender de un intercambio de documentos en papel y facilitando la gestión de la contratación a distancia.

Además, Click & Sign permite configurar distintos métodos de firma, desde la firma electrónica simple hasta la firma electrónica avanzada y cualificada. La elección depende de las necesidades del proceso, del nivel de seguridad requerido y de la configuración aplicada.

contacta con nosotros para conocer la firma por RCS

¿Es la firma por RCS una firma electrónica avanzada?

La validez jurídica de una firma electrónica no depende únicamente del canal por el que se envía la solicitud. Depende también de cómo se identifica al firmante, su vinculación con el documento firmado y de las garantías que ofrece el proceso.

El Reglamento (UE) n.º 910/2014, conocido como eIDAS y modificado por el Reglamento (UE) 2024/1183, establece los requisitos de la firma electrónica avanzada en su artículo 26. Para que una firma pueda clasificarse como avanzada, debe cumplir cuatro condiciones:

Estar vinculada al firmante de manera única

La solicitud de firma se envía al número de teléfono del destinatario, de modo que el enlace queda asociado a ese proceso de firma. No obstante, recibir el enlace en un móvil no demuestra por sí solo la identidad de quien firma, por lo que deben tenerse en cuenta las garantías adicionales del proceso.

Permitir la identificación del firmante

El proceso de firma puede incorporar datos de identificación y mecanismos de verificación que permitan determinar quién firma el documento. Las garantías dependerán de los métodos de identificación y autenticación utilizados en cada caso.

Haberse creado con datos bajo el control exclusivo del firmante

El firmante realiza el proceso desde su propio dispositivo móvil. Sin embargo, para cumplir este requisito, el procedimiento debe ofrecer garantías suficientes de que los datos de creación de la firma están bajo su control exclusivo, y no limitarse al uso de un dispositivo personal.

Permitir detectar modificaciones posteriores

El documento firmado incorpora mecanismos de sellado y evidencias electrónicas que ayudan a verificar su integridad y a detectar posibles modificaciones posteriores. Estas evidencias también permiten dejar constancia de cómo se ha desarrollado el proceso de firma.

¿Qué significa esto para la firma electrónica RCS?

RCS es el canal de comunicación que permite hacer llegar la solicitud de firma al destinatario. La clasificación jurídica de la firma depende de los mecanismos que se utilicen durante el proceso y de que se cumplan los requisitos aplicables.

Por tanto, la firma electrónica RCS mediante Click & Sign puede formar parte de un proceso de firma electrónica avanzada si la configuración utilizada cumple las condiciones del artículo 26 de eIDAS.

Notificaciones certificadas por RCS con Openum

Además de facilitar la firma de documentos, RCS amplía las posibilidades de envío de comunicaciones empresariales certificadas a través de Openum.

Openum permite certificar el acceso al contenido de las comunicaciones electrónicas enviadas. Con RCS, el aviso puede llega al destinatario mediante un canal certificado que incorpora una identidad de marca verificada y una presentación más visual.

Esta combinación resulta especialmente interesante para organizaciones que necesitan comunicar información relevante y disponer de evidencias electrónicas del proceso.

Algunos casos de uso de RCS certificado con Openum pueden ser los requerimientos y comunicaciones legales, que facilitan el acceso a información importante para el destinatario; las comunicaciones contractuales, para asegurar el envío de avisos sobre contratos, acuerdos o condiciones de algún servicio; y avisos a clientes para comunicarles información importante sobre gestiones, trámites o servicios contratados.

Por qué firmar por RCS y no por SMS

La incorporación de RCS ofrece nuevas posibilidades para presentar y entregar una solicitud de firma. No se trata de sustituir necesariamente al SMS, sino de disponer de otro canal que se adapte a las características del proceso y del destinatario.

Ventajas de la firma electrónica RCS:

  • Identidad de marca con remitente verificado. Los mensajes muestran el nombre y la identidad visual de la empresa, previamente verificada mediante un proceso respaldado por Google. Esto permite al destinatario reconocer fácilmente al remitente, refuerza la confianza en la comunicación y ayuda a reducir el riesgo de suplantación de identidad, smishing y phishing; garantizando así un alto nivel de seguridad de los mensajes. Además, contribuye a mejorar las tasas de apertura de los mensajes.
  • Envío a través de Wi-Fi o datos móviles, sin costes adicionales de conexión. Los mensajes RCS se transmiten mediante la conexión a Internet del dispositivo, ya sea por Wi-Fi o datos móviles, sin generar costes adicionales asociados al envío de los mensajes.
  • Acceso des del móvil, en la aplicación de mensajería habitual. Las comunicaciones llegan directamente a la bandeja de entrada de la aplicación de mensajería nativa del dispositivo compatible, en el mismo espacio donde el usuario recibe habitualmente sus SMS, sin necesidad de instalar aplicaciones adicionales.

RCS y SMS pueden complementarse dentro del funcionamiento de comunicación de una empresa. La disponibilidad de cada canal depende de la compatibilidad del dispositivo, de la cobertura del servicio y de la configuración del envío.

Puedes consultar las diferencias entre RCS y SMS para conocer mejor las características de cada tecnología.

Casos de uso por sector: ¿dónde puede aplicarse la firma electrónica RCS?

La combinación de mensajería RCS y firma electrónica puede resultar útil en distintos sectores en los que es importante agilizar la contratación y facilitar el acceso a los documentos.

casos de uso por sector de la firma electrónica RCS

La llegada de RCS a Click & Sign y Openum amplía las posibilidades de las comunicaciones digitales. Las empresas pueden acercar las solicitudes de firma y las notificaciones a sus clientes mediante un canal visual e interactivo, con identidad de marca verificada y mecanismos de firma y certificación adaptados a cada necesidad.

empezar a utilizar la firma electrónica RCS

¿Qué validez legal tiene la firma electrónica por RCS?

El uso de RCS como canal de envío no determina por sí mismo la validez jurídica de una firma electrónica, que depende de las garantías del procedimiento y de la configuración del tipo de firma utilizado.
En el caso de Click & Sign, los procesos de firma se ajustan al Reglamento eIDAS, que reconoce efectos jurídicos a las firmas electrónicas y establece tres niveles de firma electrónica, cada uno con distintos requisitos, garantías de seguridad y efectos jurídicos.

¿Qué pasa si el móvil del destinatario no es compatible con RCS?

La compatibilidad depende del dispositivo, del operador y de la disponibilidad del servicio. Si el destinatario no puede recibirlo, Click & Sign y Openum permiten enviar el circuito de firma también por SMS, correo electrónico o WhatsApp.

¿Necesita el firmante descargar una aplicación?

RCS se recibe directamente en la aplicación de mensajería nativa del móvil, en la misma bandeja de entrada donde llegan habitualmente los SMS. Por tanto, el firmante no necesita instalar ninguna aplicación adicional.

¿Qué evidencias se generan en una firma electrónica RCS?

Tanto Click & Sign como Openum generan evidencias electrónicas que permiten acreditar el envío de la comunicación, su entrega al destinatario y el acceso o no a su contenido. Además, en el caso de Click & Sign, también queda registrada la firma electrónica del documento. Todas estas evidencias cuentan con sello de tiempo y firma electrónica, que permiten garantizar su integridad y trazabilidad.

¿Puedo utilizar RCS en Click & Sign y Openum desde mi cuenta de Lleida.net actual?

Sí, aunque el canal RCS debe activarse previamente en tu cuenta. Si ya eres cliente y quieres habilitar el servicio, contacta con nosotros aquí.

RD 723/2026: cómo entregar y acreditar la información laboral que exige la ley
Gessamí Guàrdia Gessamí Guàrdia 4 Noviembre, 2026

RD 723/2026: cómo entregar y acreditar la información laboral que exige la ley

Desde el 5 de octubre de 2026 las empresas deben revisar cómo informan a su plantilla de las condiciones de trabajo, tanto al incorporarse una persona como cuando su relación laboral cambia.

Esto se debe a la entrada en vigor en España del nuevo RD 723/2026 sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, que obliga a entregar por escrito a cada trabajador información detallada sobre su relación laboral: desde las reglas para modificar los turnos hasta la duración exacta del periodo de prueba o el cálculo del salario variable.

Además, la empresa debe conservar la prueba de que la información se transmitió o se recibió. Sin ella, le será difícil demostrarlo ante una inspección o un conflicto laboral.

En esta guía te explicamos los principales cambios del Real Decreto, qué información debes entregar, en qué plazos y cómo demostrar la entrega para estar protegido ante una inspección.

Qué es el RD 723/2026 y desde cuándo aplica

El Real Decreto 723/2026 está en vigor desde el 5 de octubre de 2026. Se publicó en el BOE el 15 de septiembre y transpone parcialmente al derecho español la Directiva (UE) 2019/1152 sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, además de sustituir al Real Decreto 1659/1998, que queda derogado por completo.

El cambio va más allá de una simple actualización. Entre sus novedades más significativas, el decreto amplía la información que hay que entregar a cada trabajador, adelanta el plazo de entrega a antes del primer día de trabajo (desaparece el margen de dos meses que permitía el RD 1659/1998) e incorpora materias nuevas, como los planes de igualdad o el uso de algoritmos por parte de la empresa para tomar decisiones laborales.

¿A quién se aplica?

El Real Decreto 723/2026 se aplica a todas las empresas y personas trabajadoras incluidas en el ámbito del artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores (art. 2.1). La obligación de informar sobre las condiciones de trabajo solo afecta a las relaciones laborales de duración superior a cuatro semanas (art. 2.2), por lo que quedan fuera las contrataciones de cuatro semanas o menos.  

En la práctica, afecta a casi cualquier empresa que contrate personal en España, sin importar su tamaño o sector.

Información obligatoria al trabajador: qué hay que entregar

La empresa debe informar por escrito de, al menos, 17 aspectos de la relación laboral (art. 3.2). Puede hacerlo en el propio contrato, si ya los recoge todos, o completarlo con un documento informativo aparte (art. 3.1 y 6.1).

Además de los datos habituales (identificación de las partes, domicilio de la empresa, puesto, fecha de inicio o tipo de contrato), las empresas deben detallar:

  1. El salario base y cada complemento por separado, su periodicidad y método de pago, y el modo de cálculo de los conceptos variables y los criterios para cobrarlos.
  2. Tiempo de trabajo: duración y distribución de la jornada, turnos, supuestos y procedimientos para modificarlos, horas extraordinarias y su retribución, vacaciones y cómo se fija su disfrute, y si procede, la distribución irregular de la jornada con sus preavisos.
  3. Duración y condiciones del periodo de prueba, el derecho a la formación proporcionada por la empresa y el procedimiento de extinción del contrato y los correspondientes plazos de preaviso.
  4. El convenio o convenios aplicables (código, fecha de publicación y vigencia), sistema de colaboración con la Seguridad Social, mejoras voluntarias, planes de pensiones y aportaciones realizadas.
  5. Supuestos y procedimientos en los que podrían cambiar la prestación, la categoría, el salario o la jornada.

Para varios de estos puntos basta con una referencia precisa a la ley o al convenio aplicable (art. 3.3). El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado un modelo oficial de documento informativo, aunque su uso no es obligatorio.

Algoritmos, igualdad y acoso: novedades en la información al trabajador

Una de las novedades más llamativas es la referencia expresa a los sistemas algorítmicos o automatizados de toma de decisiones. Si la empresa los utiliza, debe informar por escrito de su existencia y, cuando se emplean para decidir sobre las condiciones de trabajo (por ejemplo, la distribución de la jornada o la progresión profesional), también de sus pautas, criterios y reglas de funcionamiento (art. 3.2k).

La empresa también debe identificar el plan de igualdad aplicable y el protocolo de acoso sexual y por razón de sexo. Si existen, debe informar además de su política de conciliación, cuando mejore el mínimo legal, y de las medidas y recursos para la igualdad de las personas LGTBI.

¿Y qué pasa con la plantilla actual?

Las personas que se incorporen a partir del 5 de octubre deben recibir toda esta información por escrito antes de que empiece la relación laboral, sin necesidad de solicitarla. A quienes ya trabajaban en la empresa no hay que entregársela automáticamente, pero pueden solicitar la que no tengan, incluidas las modificaciones anteriores al 5 de octubre. Si la piden, la empresa dispone de 30 días hábiles desde que recibe la solicitud (disposición transitoria única) para facilitar la información.

Los cambios posteriores sí hay que comunicarlos sin que nadie lo pida, también a la plantilla actual. Si la empresa modifica alguna de las condiciones sobre las que debe informar, como el salario, la jornada o los turnos, tiene que comunicarlo por escrito lo antes posible y, como máximo, el día en que el cambio surta efecto (art. 5 y 7.3). No es necesario si el contrato solo se remitía a una norma o convenio y es este el que cambia (art. 5.2).

El reto práctico: cómo acreditar que el trabajador recibió la información

Según el artículo 6.2, la información debe entregarse en papel o en formato electrónico, siempre que sea accesible para el trabajador y se pueda almacenar e imprimir. Además, la empresa está obligada a conservar la prueba de la transmisión o recepción.

El decreto no concreta qué prueba es válida ni durante cuánto tiempo hay que guardarla. Esa decisión queda en manos de cada empresa, y puede marcar la diferencia ante una inspección o un conflicto laboral. Si no puede demostrar qué información entregó y cuándo, le costará más defender, por ejemplo, la duración pactada del periodo de prueba o los plazos de preaviso.

Por eso, conviene elegir un medio que permita demostrar cuatro cosas:

  1. Qué documento exacto se entregó (si la información está repartida entre el contrato y un anexo, ambos).
  2. A quién se entregó.
  3. Cuándo se entregó.
  4. Que nadie lo ha modificado después.
Método¿Cumple formato (art. 6.2)?Prueba de transmisión o recepciónPunto débil
Papel firmado por el trabajadorSíFirma y fecha manuscritasDifícil de gestionar a escala y en incorporaciones a distancia
Email simpleSí, si el documento es descargable e imprimibleLimitada: indica que se envió, pero no garantiza la recepción ni que el contenido no se haya alteradoFácil de impugnar
Portal del empleado o intranetDepende de si permite descargar e imprimirRegistros internos de accesoPuede no estar activo antes del primer día y el trabajador puede perder el acceso al salir. Los enlaces temporales no garantizan la conservación
Firma electrónica del documentoSíFirma, fecha y hora del trabajador sobre el documento exactoRequiere una herramienta de firma
Comunicación electrónica certificada por un terceroSíEvidencia independiente del contenido, el envío, la entrega y la fecha y horaRequiere contratar un proveedor
Guía digitalización de procesos de RRHH, comunicaciones certificadas y firma electrónica para cumplir con el RD 723/2026.

Incumplimiento del RD 723/2026: qué puede hacer el trabajador y qué riesgo corre la empresa

Si la empresa no entrega la información en plazo, o no responde a la solicitud de una persona que ya trabajaba en ella (30 días hábiles), el trabajador puede denunciarlo ante la Inspección de Trabajo o reclamarlo ante el juzgado de lo social. Para ello conviene que conserve una prueba de su petición. Un correo electrónico certificado de Lleida.net acredita el contenido enviado y la fecha y hora de entrega.

Acredita el envío de la petición de información laboral (RD 723/2026) a tu empresa enviando un correo electrónico certificado. Comprar créditos ahora.

Para la empresa, el riesgo no es solo la multa. No informar por escrito en los términos y plazos del decreto es una infracción leve del art. 6.4 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), con sanciones de 70 a 750 euros. Pero lo más costoso suele ser no poder demostrar qué información se dio y cuándo. Por eso conviene registrar las solicitudes que se reciban y responderlas con prueba de entrega.

Cómo cumplir el RD 723/2026 con firma electrónica y comunicaciones certificadas

La forma más práctica de cumplir el art. 6 es combinar dos elementos: un canal electrónico que entregue el documento en un formato accesible, que el trabajador pueda guardar e imprimir, y que a la vez genere una prueba de la transmisión o la recepción.

Lleida.net es prestador de servicios de confianza conforme al Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS) y la Ley 6/2020, y sus soluciones permiten enviar la información, recoger la firma y conservar la prueba de entrega:

Click & Sign: firma electrónica simple, avanzada o cualificada con plena validez legal en contratos laborales. Permite enviar el contrato y el documento informativo y recibir la firma del trabajador al instante como acuse de recepción, por medios certificados como SMS, RCS, correo electrónico o WhatsApp.

Correo electrónico certificado: envío del documento con evidencia del contenido, y de la fecha y hora de entrega en el servidor del destinatario.

SMS certificado: aviso con enlace para descargar el documento y evidencia de su entrega.

RCS y WhatsApp certificados: envío del documento, o de un enlace para descargarlo, con evidencia de la entrega y del acceso al contenido.

Cómo adaptar tu empresa al RD 723/2026

El RD 723/2026 ya está en vigor, así que lo primero es revisar cómo informas hoy a tu plantilla.

  • Revisa tus modelos de contrato y comprueba si recogen todos los aspectos del art. 3.2. Si no, complétalos con un documento informativo, que puede ser el modelo del SEPE o uno propio.
  • Identifica las novedades: como por ejemplo, sistemas algorítmicos que afecten a decisiones laborales, plan de igualdad, protocolo de acoso, política de conciliación y medidas LGTBI.
  • Asegúrate de tener un canal para comunicar cambios de condiciones laborales y además que te permita entregar la información de forma que puedas demostrarlo.
  • Prepara un procedimiento para las solicitudes de la plantilla actual: responder en 30 días hábiles y guardar la prueba.
  • Adapta la información para personas con discapacidad o con capacidad intelectual límite: la empresa debe asegurarse de que el documento sea accesible y comprensible para ellas (art. 6.3).

El objetivo es doble: ofrecer a cada trabajador una información más clara y completa sobre sus condiciones laborales y, al mismo tiempo, contar con la prueba que permita demostrarlo ante una inspección o un litigio. Si aún no has adaptado tus procesos, hacerlo con herramientas digitales y trazables convierte una obligación legal en una oportunidad para prevenir conflictos laborales futuros.

Firma electrónica en RRHH para cumplir con el RD 723/2026

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